Amplio monoambiente en alquiler en Palermo SIN EXPENSAS

Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Palermo
$ 750.000

Características

  • Valor: $ 750.000
  • Region: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Localidad: Palermo
  • 1 Baños
  • 50 m²

Descripcion

Amplio monoambiente en alquiler en Palermo - Apto para profesiones tradicionales, NO COMERCIAL -
NO paga expensas ni impuestos.

IMPORTANTE: EL DEPTO: NO CUENTA CON HORNO y las imágenes son de carácter orientativo. ( fueron obtenidas hace un par de años.)
No se aceptan mascotas.

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Requisitos:



- El Inquilino y el garante deben justificar ingresos comprobables (ni jubilaciones, ni pensiones ya que son inembargables) acorde al monto del alquiler y expensas.



-Garantías: el inquilino podrá presentar garantía propietaria de Ciudad de Buenos Aires, (que no sea inembargable), o sistema de fianza Finaer.



Costos y características del contrato (para uso exclusivo de vivienda)



- Contrato de 2 años, ajustes trimestrales por IPC
- Al momento de la firma de contrato se abona el primer mes de alquiler y 1 mes y medio de depósito en garantía.


Costos y características del contrato (para uso profesional)


- Contrato a 2 años. Ajustes trimestrales por IPC
- Al momento de la firma del contrato se abona el primer mes de alquiler y 1 mes y medio de depòsito garatìa.

_ Se abona 1 mes y medio de honorarios inmobiliarios.



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Maure Inmobiliaria - CUCICBA Matrícula Nº 2388
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-

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